Art. Disposición adicional primera
4 / 49En vigor desde 30 mar 2017
Lo establecido para los centros de convenio en el Título II y en el Capítulo I del Título III del Decreto 149/2009, de 12 de mayo, sobre organización, funcionamiento y servicios, y admisión del alumnado y planificación de puestos escolares, será de aplicación a los centros adheridos al Programa de ayuda.
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ProBOJA-b-2017-90330#disposicion-adicional-primera