Art. Decimoquinta

Art. Decimoquinta

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En vigor desde 30 mar 2017
1. Los trámites que deban notificarse de forma conjunta a todas las personas interesadas y, en particular, el trámite de audiencia y el de resolución del procedimiento se publicarán, respecto del alumnado de cada centro adherido al Programa de ayuda, en el tablón de anuncios de este. En la web www.juntadeandalucia.es/educacion se publicará una reseña informando de la publicación de dichos actos. En todo caso, esta publicación sustituye a la notificación personal y surtirá sus mismos efectos. Las publicaciones reguladas en el párrafo anterior que afecten a datos de las personas cuando por razón del objeto de la ayuda puedan contener datos de carácter personal en virtud de lo establecido en la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal, se limitarán a contener una somera indicación del contenido del acto y del lugar donde las personas interesadas podrán comparecer, en el plazo que se establezca, para conocimiento del contenido íntegro del mencionado acto y constancia de tal conocimiento. 2. Al practicar las publicaciones previstas en el apartado anterior se realizará un aviso de carácter únicamente informativo a las personas incluidas en la correspondiente publicación. Este aviso se enviará a la dirección de correo electrónico especificada en el formulario de solicitud. 3. Las notificaciones que deban cursarse personalmente se practicarán en el lugar o por el medio indicado en la solicitud por la persona interesada.

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