Título TÍTULO I
Art. 2
2 / 24En vigor desde 11 may 2016
Las acciones y medidas previstas en el presente decreto-ley se articulan mediante:
a) La cobertura sanitaria de personas extranjeras que no tengan la condición de aseguradas ni de beneficiarias del Sistema Nacional de Salud, a través de la emisión de una tarjeta identificativa personal de acceso al sistema extremeño de salud y dentro de las competencias de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
b) Adaptación del procedimiento de acceso al derecho a la Renta Básica de Inserción de Extremadura a las necesidades sociales actuales.
c) Puesta en marcha de medidas excepcionales destinadas a cubrir situaciones de emergencia social.
d) Medidas para asegurar el acceso a unos mínimos vitales de energía y agua a las personas vulnerables.
e) Medidas tendentes a aumentar la justicia social en el acceso a la vivienda y a paliar las consecuencias de una crisis económica con la duración y profundidad actual.
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Proeli/es-ex/dl/2016/05/10/1#art-2