Art. 10
Capítulo CAPÍTULO III

Art. 10

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En vigor desde 5 dic 2011
1. La Corporación Empresarial Pública de Aragón elaborará información agregada que publicará anualmente. 2. La Comunidad Autónoma de Aragón no participará directa o indirectamente en empresas privadas donde no conste en sus estatutos la obligación de auditar sus cuentas.

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Pro

BOA-d-2011-90078#art-10