Art. 36
Título TÍTULO VCapítulo CAPÍTULO IV

Art. 36

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En vigor desde 4 ago 2017
El procedimiento administrativo para sancionar las infracciones tipificadas por este decreto ley es el establecido por la Ley de comercio, servicios y ferias, de acuerdo con los principios que en materia sancionadora establecen la Ley del Estado 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, y la Ley del Estado 40/2015, de 1 de octubre, de régimen jurídico del sector público. Se modifica por la disposición final 1.3 de la Ley 18/2017, de 1 de agosto. Ref. BOE-A-2017-11320#df

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Pro

eli/es-ct/dl/2009/12/22/1#art-36