Art. Disposición final

Art. Disposición final

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En vigor desde 25 nov 2007
Este Decreto Ley entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Boletín Oficial de les Illes Balears y mantendrá su vigencia hasta la aprobación de la regulación normativa prevista en cada uno de sus cuatro artículos.

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BOIB-i-2007-90098#disposicion-final