Título TÍTULO II›Capítulo CAPÍTULO VI›Secc. Sección 1.ª Tasa por autorización de obras y aprovechamiento de la red de carreteras del Principado de Asturias
Art. 93
170 / 291En vigor desde 27 jun 1998
Es la persona física o jurídica y las entidades a que se refiere el artículo 5.2 de esta Ley, a nombre de la cual se solicita la autorización.
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Proeli/es-as/dlg/1998/06/11/1#art-93