Art. 52 · octavo
Título TÍTULO IICapítulo CAPÍTULO IIISecc. Sección 1.ª ter. Tasa por la inscripción en las pruebas de conjunto de grado medio o de grado superior para la homologación de la formación de entrenadores regionales y de entrenadores nacionales, de fútbol y de fútbol sala

Art. 52

85 / 291

octavo

En vigor desde 1 ene 2015
La tasa se devengará en el momento de la presentación de la solicitud de inscripción. Se añade por el .8 de la Ley 11/2014, de 29 de diciembre. Ref. BOE-A-2015-1764 .

Tus anotaciones

Pro

eli/es-as/dlg/1998/06/11/1#art-52-5