Art. 186
Título TÍTULO IICapítulo CAPÍTULO XI

Art. 186

286 / 291
En vigor desde 1 ene 2023
La tasa se exige de acuerdo con los siguientes tipos: a) Por el otorgamiento de licencias para la prestación de servicios de comunicación audiovisual: 560 euros. b) Por la autorización de la transmisión, arrendamiento o cualquier otro negocio jurídico que tenga por objeto la licencia para la prestación de servicios de comunicación audiovisual: 560 euros. Se modifica por el .2 de la Ley 10/2022, de 30 de diciembre. Ref. BOE-A-2023-3293 Se añade por el .1 de la Ley 8/2019, de 30 de diciembre. Ref. BOE-A-2020-1203

Tus anotaciones

Pro

eli/es-as/dlg/1998/06/11/1#art-186