Título TÍTULO II›Capítulo CAPÍTULO X›Secc. Sección 2.ª Tasa por la concesión del uso de la etiqueta ecológica de la Unión Europea
Art. 179
279 / 291En vigor desde 1 ene 2015
Son sujetos pasivos de la tasa las personas físicas o jurídicas que produzcan o fabriquen o presten o lleven a cabo en el territorio del Principado de Asturias los productos o servicios para los que se solicite la concesión del uso de la etiqueta ecológica de la Unión Europea.
Se añade por el .14 de la Ley 11/2014, de 29 de diciembre. Ref. BOE-A-2015-1764 .
Tus anotaciones
Proeli/es-as/dlg/1998/06/11/1#art-179