Art. 109 bis
Título TÍTULO IICapítulo CAPÍTULO VISecc. Sección 5.ª Tasa por prestación de servicios de información cartográfica

Art. 109 bis

187 / 291
En vigor desde 1 ene 2000
Constituye el hecho imponible la prestación de los servicios o la realización de las actividades enumeradas en la tarifa de esta tasa. Se añade por el .10 de la Ley 18/1999, de 31 de diciembre. Ref. BOE-A-2000-3764 .

Tus anotaciones

Pro

eli/es-as/dlg/1998/06/11/1#art-109-bis