Título TÍTULO II›Capítulo CAPÍTULO VI›Secc. Sección 4.ª Tasa por ordenación de los transportes mecánicos por carretera, informes y otras actuaciones facultativas
Art. 109
186 / 291En vigor desde 1 ene 2020
La tasa se exigirá de acuerdo con las siguientes tarifas:
Pesetas Tarifa 1. Otorgamiento, rehabilitación, visado o modificación de las autorizaciones de transportes por carretera y actividades auxiliares y complementarias del transporte y expedición de copias certificadas de las mismas 2.254 Tarifa 2. Autorización de transportes especiales cuando se realicen exclusivamente por carreteras del Principado de Asturias: Por cada viaje 867 Tarifa 3. Autorización para el transporte de personal en caja vehículo: Por vehículo 2.167 Tarifa 4. Otorgamiento o renovación de autorizaciones de transporte público regular de viajeros de uso especial: Por cada autorización con vigencia anual 4.506 Tarifa 5. Inauguración de servicio regular de transporte que discurra en su totalidad por el Principado de Asturias: Por cada concesión 12.060 Tarifa 6. Unificación de concesiones 12.060 Tarifa 7. Aprobación de cuadro de horarios y cuadro de tarifas que requieran informe facultativo: Por cada uno 2.254 Tarifa 8. Reconocimiento de locales para otorgamiento de autorizaciones: 8.1 Reconocimiento de locales: 99,486227 € 8.2 Homologación de Centro para formación del CAP: 298,458681 € 8.3 Visado de Centro para Formación del CAP: 99,486227 € 8.4 Homologación de Curso de formación del CAP: 99,486227 € Tarifa 9. Expedición de certificados a petición de parte 867 Tarifa 10. Expedición de copias compulsadas a petición de parte: Por cada una 399 Tarifa 11. Asistencia a exámenes de transportes: 11.1 Capacitación mercancías: 24,05 € 11.2 Capacitación viajeros: 24,05 € 11.3 Por cada una de las modalidades de consejero de seguridad de mercancías peligrosas: 24,05 € 11.4 Por cada examen del CAP: 24,05 € Tarifa 12. Por primera inscripción o anotación en el Registro de Empresas de Radiodifusión (Suprimida) Tarifa 13. Por expedición de certificados de capacitación: Por cada uno 3.034 Tarifa 14. Arrendamientos de vehículos: (Suprimida) Por cada uno Tarifa 15. Informe escrito en relación con los datos que figuren en el Registro General de Transportistas y de Empresas de actividades auxiliares y complementarias del transporte: En cuanto a datos referidos a persona, autorización, vehículo o empresa Por cada uno 4.269 En cuanto a datos de carácter general o global Por cada uno 27.083 Tarifa 16. Legalización, diligencia o sellado de libros y otros documentos 867 Tarifa 17. Adjudicación, renovación o transferencia de la titularidad de concesiones de emisoras de radiodifusión sonora en frecuencia modulada (Suprimida) Por cada watio de potencia asignado a la frecuencia conforme al Plan Técnico Nacional de Radiodifusión sonora Están exentas del pago de esta tarifa las emisoras culturales y municipales. Tarifa 18. Por cada autorización de modificación en la titularidad del capital, o ampliación de éste, de empresas titulares de concesiones de emisoras de FM (Suprimida) Tarifa 19. Por cada certificación de los datos que figuran en el Registro de empresas de radiodifusión (Suprimida) Tarifa 20. Expedición de tarjeta de tacógrafo digital 29 €
Se suprimen las tarifas 12 y 17 a 19 por el .2 de la Ley 8/2019, de 30 de diciembre. Ref. BOE-A-2020-1203 Se modifican las tarifas 8 y 11 por el .24 de la Ley 6/2008, de 30 de diciembre. Ref. BOE-A-2009-4690 . Se modifica la tarifa 8, se suprime la tarifa 14 y se añade la tarifa 20 por el de la Ley 6/2003, de 30 de diciembre. Ref. BOE-A-2004-2367 . Se modifican las tarifas 1, 4, 7, 10, 11, 15, 16 y se añade las tarifas 17 a 19 por el .8 y 9 de la Ley 18/1999, de 31 de diciembre. Ref. BOE-A-2000-3764 .
Tus anotaciones
Proeli/es-as/dlg/1998/06/11/1#art-109