Título TÍTULO II›Capítulo CAPÍTULO VI›Secc. Sección 4.ª Tasa por ordenación de los transportes mecánicos por carretera, informes y otras actuaciones facultativas
Art. 106
183 / 291En vigor desde 27 jun 1998
Constituye el hecho imponible la prestación de los servicios o la realización de las actividades enumeradas en la tarifa de esta tasa.
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Proeli/es-as/dlg/1998/06/11/1#art-106