Art. Disposición final única
Libro Texto refundido de la Ley de Medidas Fiscales en materia de Tributos cedidos por el EstadoTítulo TÍTULO IICapítulo CAPÍTULO II

Art. Disposición final única

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En vigor desde 3 jul 2008
Se faculta al Gobierno de Cantabria para dictar cuantas disposiciones sean necesarias para el desarrollo y ejecución de la presente Ley.

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BOCT-c-2008-90028#disposicion-final-unica-1