Art. 4
Libro Texto refundido de la Ley de Medidas Fiscales en materia de Tributos cedidos por el EstadoTítulo TÍTULO ICapítulo CAPÍTULO II

Art. 4

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En vigor desde 30 dic 2017
De acuerdo con lo previsto en el artículo 47.1.b) de la Ley 22/2009, de 18 de diciembre, por la que se regula el sistema de financiación de las Comunidades Autónomas de régimen común y Ciudades con Estatuto de Autonomía y se modifican determinadas normas tributarias, la base liquidable del Impuesto será gravada conforme a la siguiente escala: Base liquidable (Hasta euros) Cuota íntegra (Euros) Resto Base liquidable (Hasta euros) Tipo aplicable (Por ciento) 0 0 167.129,45 0,24 167.129,45 401,11 167.123,43 0,36 334.252,88 1.002,75 334.246,87 0,61 668.499,75 3.041,66 668.499,76 1,09 1.336.999,51 10.328,31 1.336.999,50 1,57 2.673.999,01 31.319,20 2.673.999,02 2,06 5.347.998,03 86.403,58 5.347.998,03 2,54 10.695.996,06 222.242,73 En adelante. 3,03 Se modifica por el .2 de la Ley 9/2017, de 26 de diciembre. Ref. BOE-A-2018-856 Se renumera por el .3 de la Ley 7/2014, de 26 de diciembre. Ref. BOE-A-2015-685 . Su anterior numeración era . Se renumera por el .2 de la Ley 10/2013, de 27 de diciembre. Ref. BOE-A-2014-510 . Su anterior numeración era Se modifica por el .1 de la Ley 5/2011, de 29 de diciembre. Ref. BOE-A-2012-552 . Se renumera por el .3 de la Ley 11/2010, de 23 de diciembre. Ref. BOE-A-2011-1651 . Su anterior numeración era .

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BOCT-c-2008-90028#art-4