Libro Texto refundido de la Ley de Medidas Fiscales en materia de Tributos cedidos por el Estado›Título TÍTULO II›Capítulo CAPÍTULO I
Art. 11
16 / 39En vigor desde 1 ene 2025
De acuerdo con lo previsto en el artículo 49.1.a) de la Ley 22/2009, de 18 de diciembre, por la que se regula el sistema de financiación de las Comunidades Autónomas de régimen común y Ciudades con Estatuto de Autonomía y se modifican determinadas normas tributarias, y en orden a la aplicación de lo dispuesto en el artículo 11.1 del texto refundido de la Ley del Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados, aprobado por Real Decreto Legislativo 1/1993, de 24 de septiembre, la cuota tributaria en la modalidad de Transmisiones Patrimoniales Onerosas se obtendrá aplicando sobre la base liquidable los tipos de gravamen previstos en este artículo.
Con carácter general, se aplicará el tipo del 6 por ciento en la transmisión de bienes muebles y semovientes, así como la constitución y cesión de derechos reales sobre los mismos, excepto los derechos reales de garantía.
En particular, en la transmisión de vehículos usados se establecen las siguientes cuotas mínimas:
– Turismos y todoterrenos con excepción de los vehículos catalogados como históricos:
Antigüedad Cilindrada Cuota fija (euros) Más de 10 años. Hasta 999 c.c. 45 Más de 10 años. Desde 1.000 c.c. hasta 1.499 c.c. 60 Más de 10 años. Desde 1.500 c.c. hasta 1.999 c.c. 90
– Vehículos comerciales e industriales, excepto camiones.
Antigüedad Cilindrada Cuota fija (euros) Más de 12 años. Hasta 1.499 c.c. 50 Más de 12 años. Desde 1.500 c.c. hasta 1.999 c.c. 60 Más de 12 años. Mayor de 1.999 c.c. 100 De 8 a 12 años. Hasta 1.499 c.c. 95 De 8 a 12 años. Desde 1.500 c.c. hasta 1.999 c.c. 115 De 8 a 12 años. Mayor de 1.999 c.c. 265 De 5 a 8 años. Hasta 1.499 c.c. 190 De 5 a 8 años. Desde 1.500 c.c. hasta 1.999 c.c. 265 De 5 a 8 años. Mayor de 1.999 c.c. 340
– Ciclomotores y motocicletas, durante el primer año posterior a su matriculación.
Gasolina:
Cilindrada Cuota fija (euros) Hasta 50 c.c. 48 De 50,01 a 75 c.c. 60 De 75,01 a 125 c.c. 84 De 125,01 a 150 c.c. 90 De 150,01 a 200 c.c. 102 De 200,01 a 250 c.c. 120 De 250,01 a 350 c.c. 168 De 350,01 a 450 c.c. 210 De 450,01 a 550 c.c. 234 De 550,01 a 750 c.c. 384 De 750,01 a 1.000 c.c. 576 De 1.000,01 a 1.200 c.c. 726 De 1.200,01 y superior cilindrada. 918
Eléctricos:
Cilindrada Cuota fija (euros) Hasta 2 KW 2,71 CV 66 De 2,01 KW 2,71 CV a 4 KW 5,4 CV 90 De 4,01 KW 5,41 CV a 6 KW 8,2 CV 120 De 6,01 KW 8,20 CV a 9 KW 12 CV 150 De 9,01 KW 12,01 CV a 12 KW 16 CV 180 De 12,01 KW 16,01 CV a 15 KW 20 CV 210 De 15,01 KW 20,01 CV a 20 KW 27 CV 240 De 20,01 KW 27,01 CV a 25 KW 34 CV 270 De 25,01 KW 34,01 CV a 30 KW 41 CV 342 De 30,01 KW 41,01 CV a 40 KW 54 CV 510 De 40,01 KW 54,01 CV a 55 KW 75 CV 720 De 55,01 KW 75,01 CV a 75 KW 102 CV 870 De 75,01 KW 102,01 CV a 90 KW 122 CV 1107 De 90,01 KW 122,01 CV y superior potencia 1200
– El resto de los vehículos tributarán al tipo del 6 por ciento.
Se modifica por el .6 de la Ley 3/2024, de 23 de diciembre. Ref. BOE-A-2025-643 Se modifica por el .17 de la Ley 3/2023, de 26 de diciembre de 2023. Ref. BOE-A-2024-1373 Se modifica por el .5 de la Ley 11/2022, de 28 de diciembre. Ref. BOE-A-2023-3297 Se modifica por el .9 de la Ley 11/2018, de 21 de diciembre. Ref. BOE-A-2019-1632 Se modifica por el .8 de la Ley 9/2017, de 26 de diciembre. Ref. BOE-A-2018-856 Se modifica el párrafo primero por el .3.2 de la Ley 6/2015, de 28 de diciembre. Ref. BOE-A-2016-478 . Se renumera por el .3 de la Ley 7/2014, de 26 de diciembre. Ref. BOE-A-2015-685 . Su anterior numeración era . Se renumera por el .2 de la Ley 10/2013, de 27 de diciembre. Ref. BOE-A-2014-510 . Su anterior numeración era . Se renumera por el art. 28.4 de la Ley 5/2011, de 29 de diciembre. Ref. BOE-A-2012-552 . Su anterior numeración era . Se renumera por el .6 de la Ley 11/2010, de 23 de diciembre. Ref. BOE-A-2011-1651 . Su anterior numeración era . Se renumera por el .6 de la Ley 6/2009, de 28 de diciembre. Ref. BOE-A-2010-931 . Su anterior numeración era .
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ProBOCT-c-2008-90028#art-11