Art. Disposición transitoria octava
Título TÍTULO V

Art. Disposición transitoria octava

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En vigor desde 14 oct 2023
A los profesores de Educación General Básica a que hace referencia la disposición transitoria cuarta de la Ley Orgánica 1/1990, de 3 de octubre, de Ordenación General del Sistema Educativo, les será de aplicación el régimen jurídico previsto en la misma.
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