Art. 35
Título TÍTULO IIICapítulo CAPÍTULO IVSecc. Sección primera. Provisión de puestos de trabajo§ Subsección 3. La función directiva en el centro docente

Art. 35

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En vigor desde 14 oct 2023
La responsabilidad por el desempeño de estos puestos conllevará la oportuna remuneración económica a través de un complemento específico.
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