Título TÍTULO VI›Capítulo CAPÍTULO III›Secc. Sección 2.ª Reglas especiales para las sociedades mercantiles autonómicas de capital íntegramente público
Art. 147
156 / 178En vigor desde 1 ene 2014
Los nombramientos del presidente del consejo de administración y del consejero delegado o puesto equivalente que ejerza el máximo nivel ejecutivo de las sociedades mercantiles autonómicas de capital íntegramente público, se efectuarán en virtud de propuesta vinculante efectuada por el Gobierno de Aragón.
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ProBOA-d-2013-90260#art-147