Art. 40
Libro TEXTO REFUNDIDO DE LA LEY DE LA ORGANIZACIÓN COMARCAL DE CATALUÑATítulo TÍTULO VI

Art. 40

42 / 50
En vigor desde 20 nov 2003
La Ley de presupuestos de la Generalidad tiene que establecer un porcentaje de participación a favor de los consejos comarcales en el Fondo de cooperación local de Cataluña, el cual se nutre de recursos procedentes del Estado y de la Generalidad.

Tus anotaciones

Pro

DOGC-f-2003-90015#art-40