Título TÍTULO PRELIMINAR›Capítulo CAPÍTULO I
Art. 7
12 / 115En vigor desde 30 may 2023
Las autoridades y el personal en general que con sus actos u omisiones y mediante dolo, culpa o negligencia graves perjudiquen a la Hacienda de la Comunidad Autónoma, incurrirán en las responsabilidades civil, penal o disciplinarias que en cada caso procedan.
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