Art. 29
Capítulo CAPÍTULO IVSecc. Sección 2.ª Registro industrial de Aragón

Art. 29

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En vigor desde 14 dic 2013
1. Los datos básicos incluidos en el Registro Industrial de Aragón tienen carácter público, con excepción de los relativos a las industrias de fabricación de armas y explosivos y las que se declaren de interés para la defensa nacional. También tienen carácter público los siguientes datos ordenados por provincias o comarcas: a) Identificación del sujeto inscrito. b) Domicilio. c) Actividad. 2. No obstante, a los datos de carácter personal solo tendrán acceso, además de los titulares, los terceros que acrediten un interés legítimo y directo. Los datos relativos a enumeración de productos utilizados podrán sustraerse del conocimiento público cuando así lo solicite el interesado por razones justificadas en el secreto industrial o comercial. 3. Los datos complementarios del Registro Industrial de Aragón tienen carácter confidencial y solo pueden difundirse de manera agregada tras su tratamiento informático o estadístico, salvo con el consentimiento expreso del titular. 4. En todo caso, se observará la legislación aplicable sobre los datos de carácter personal y el secreto comercial e industrial.

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BOA-d-2013-90259#art-29