Art. 59
Capítulo CAPÍTULO 5Secc. Sección 3. Modificación de la Ley 9/2000, de 7 de julio, de regulación de la publicidad dinámica en Cataluña

Art. 59

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En vigor desde 7 oct 2010
Se modifica el artículo 7, que pasa a tener la redacción siguiente: «Artículo 7. Contenido de la comunicación. Las comunicaciones se tienen que ajustar a las determinaciones que estipulan las ordenanzas municipales correspondientes y, si es necesario, tienen que ir acompañadas de declaraciones responsables del cumplimiento de los requisitos establecidos en la normativa específica.»
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