Capítulo CAPÍTULO 5›Secc. Sección 1. Modificación del Texto refundido sobre comercio interior, de los preceptos de la Ley 1/1983, de 18 de febrero, y la Ley 23/1991, de 29 de noviembre, aprobado por el Decreto legislativo 1/1993, de 9 de marzo
Art. 36
Derogado37 / 104En vigor desde 7 oct 2010
Se modifica el artículo 22, que pasa a tener la redacción siguiente:
«Artículo 22. Exhibición de la documentación.
En el ejercicio de la venta domiciliaria, las personas vendedoras tienen que exhibir a la persona consumidora la documentación acreditativa de la empresa que representan y la gama de productos que ofrecen.»
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Proeli/es-ct/dlg/2010/10/05/3#art-36