Art. 8 · 12-3
Título TÍTULO VIIICapítulo CAPÍTULO XII

Art. 8

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12-3

En vigor desde 18 mar 2023
Quedan exentos del pago de la tasa los departamentos de la Administración de la Generalidad y los entes que integran la Administración local de Cataluña, así como los organismos autónomos administrativos y las fundaciones del sector público de cada una de estas administraciones públicas. Se modifica por el de la Ley 3/2023, de 16 de marzo. Ref. BOE-A-2023-10344 Se añade por el art. 40 de la Ley 5/2020, de 29 de abril. Ref. BOE-A-2020-5569

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Pro

DOGC-f-2008-90017#art-8-52