Art. 7 bis · 1-2
Título TÍTULO VII BISCapítulo CAPÍTULO I

Art. 7 bis

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1-2

En vigor desde 24 mar 2012
Es sujeto pasivo de la tasa cualquier persona física o jurídica que solicita la emisión del informe. Se añade por el de la Ley 5/2012, de 20 de marzo. Ref. BOE-A-2012-4730 .

Tus anotaciones

Pro

DOGC-f-2008-90017#art-7-bis-1