Título TÍTULO VII›Capítulo CAPÍTULO I
Art. 7
239 / 11251-5
En vigor desde 29 dic 2009
Los ingresos procedentes de la recaudación de las tasas por la tramitación de la licencia comercial de la Generalidad se afectan en la financiación, la ampliación y la mejora de los servicios que tengan asignadas las tareas de velar por el cumplimiento de lo que establece la correspondiente Decreto-ley de ordenación de los equipamientos comerciales y las normas reglamentarias que la desarrollen.
Se modifica por la disposición final 1 del Decreto-ley 1/2009, de 22 de diciembre. Ref. BOE-A-2010-738 .
Tus anotaciones
ProDOGC-f-2008-90017#art-7-4