Art. 6 · 2-4
Título TÍTULO VICapítulo CAPÍTULO II

Art. 6

203 / 1125

2-4

En vigor desde 30 jul 2011
La base imponible es el valor nominal de la emisión para la que se solicita la admisión a negociación. En caso de modificación de valores en circulación por incremento de su valor nominal, la base imponible es el importe del incremento del valor nominal de las emisiones, como consecuencia de la modificación, en la fecha de la verificación correspondiente. Se modifica por el .1 de la Ley 7/2011, de 27 de julio. Ref. BOE-A-2011-13896 .

Tus anotaciones

Pro

DOGC-f-2008-90017#art-6-8