Art. 6 · 4-3
Título TÍTULO VICapítulo CAPÍTULO IV

Art. 6

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4-3

En vigor desde 31 ene 2014
Están exentos de pagar la tasa los departamentos de la Generalidad de Cataluña. Se modifica por el art. 37 de la Ley 2/2014, de 27 de enero. Ref. BOE-A-2014-2999 .

Tus anotaciones

Pro

DOGC-f-2008-90017#art-6-17