Art. 4 · 4.1
Título TÍTULO IVCapítulo CAPÍTULO IV

Art. 4

109 / 1125

4.1

En vigor desde 28 jun 2008
Constituyen el hecho imponible de la tasa las pruebas y los análisis oficiales efectuados en los laboratorios de sanidad agraria dependientes del Departamento de Agricultura, Alimentación y Acción Rural que se consignan en el artículo 4.4-5, relativo a la cuota de la tasa.

Tus anotaciones

Pro

DOGC-f-2008-90017#art-4-15