Art. 25 · 4-3
Título TÍTULO XXVCapítulo CAPÍTULO IV

Art. 25

942 / 1125

4-3

En vigor desde 28 jun 2008
La tasa se devenga en el momento de la prestación del servicio y se exige en el momento de presentar la solicitud de inscripción en la convocatoria.

Tus anotaciones

Pro

DOGC-f-2008-90017#art-25-15