Título Tasa por la acreditación de competencias en tecnologías de la información y la comunicación (ACTIC)›Capítulo CAPÍTULO VI
Art. 24
917 / 11256-2
En vigor desde 31 ene 2014
Son sujetos pasivos de la tasa las personas físicas y jurídicas que presentan una declaración responsable previa al inicio de la actividad como instaladores de telecomunicaciones en Cataluña.
Se añade por el art. 100 de la Ley 2/2014, de 27 de enero. Ref. BOE-A-2014-2999 .
Tus anotaciones
ProDOGC-f-2008-90017#art-24-32