Art. 24 · 1-4
Título TÍTULO XXIVCapítulo CAPÍTULO I

Art. 24

887 / 1125

1-4

En vigor desde 31 ene 2014
El importe de la cuota es: – Por certificaciones correspondientes a proyectos técnicos en que no es obligatoria la dirección de obra: 29,35 euros. – Por certificaciones correspondientes a proyectos técnicos en que es obligatoria la dirección de obra: 45,90 euros. Se modifica por el art. 97.1 de la Ley 2/2014, de 27 de enero. Ref. BOE-A-2014-2999 .

Tus anotaciones

Pro

DOGC-f-2008-90017#art-24-3