Art. 24 · 4-5
Título Tasa por la acreditación de competencias en tecnologías de la información y la comunicación (ACTIC)Capítulo CAPÍTULO IV

Art. 24

907 / 1125

4-5

En vigor desde 1 ene 2009
La cuota de la tasa es la siguiente: a) Por la inscripción en las pruebas de evaluación se fija una cuota según el nivel escogido: Nivel 1: 15 euros. Nivel 2: 20 euros. Nivel 3: 25 euros. b) Por la expedición de copias de los certificados de acreditación de competencias en TIC se fija una cuota de 6 euros. Se añade por el art. 28 de la Ley 16/2008, de 23 de diciembre. Ref. BOE-A-2009-1257 .

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Pro

DOGC-f-2008-90017#art-24-23