Art. 21 · 16-3
Título TÍTULO XXICapítulo CAPÍTULO XVI

Art. 21

Derogado762 / 1125

16-3

En vigor desde 28 jun 2008
La tasa se devenga con la prestación de los servicios constitutivos del hecho imponible, pero puede ser exigido el pago por adelantado en el momento que las personas interesadas hacen la solicitud.

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Pro

DOGC-f-2008-90017#art-21-72