Título TÍTULO XXI›Capítulo CAPÍTULO I
Art. 21
687 / 11251-2
En vigor desde 1 may 2020
1. Son sujetos pasivos de la tasa las personas naturales o jurídicas, públicas o privadas, en cuyo interés se prestan los servicios.
2. En el caso de las actuaciones de control descritas en la letra b del apartado 2 del artículo 21.1-1, se considera sujeto pasivo de la tasa la persona física o jurídica que con su actuación ha causado los hechos que motivan los controles extraordinarios.
Se modifica por el art. 68.2 de la Ley 5/2020, de 29 de abril. Ref. BOE-A-2020-5569 Se modifica por el art. 122 de la Ley 5/2017, de 28 de marzo. Ref. BOE-A-2017-7353#a1-34 Se modifica por el art. 39 de la Ley 5/2012, de 20 de marzo. Ref. BOE-A-2012-4730 .
Tus anotaciones
ProDOGC-f-2008-90017#art-21-1