Art. 17 · 5-1
Título TÍTULO XVIICapítulo CAPÍTULO V

Art. 17

653 / 1125

5-1

En vigor desde 31 ene 2014
Constituye el hecho imponible de la tasa la prestación del servicio inherente al otorgamiento de la autorización para la extracción de flora y fauna marinas con finalidades de investigación, educativas y de acuariofilia ornamental, o por otras razones de interés general que la justifiquen. Se añade por el art. 79 de la Ley 2/2014, de 27 de enero. Ref. BOE-A-2014-2999 .

Tus anotaciones

Pro

DOGC-f-2008-90017#art-17-23