Título TÍTULO XII›Capítulo CAPÍTULO XIX
Art. 12
475 / 112519-4
En vigor desde 31 ene 2014
La cuota por cada juego de precintos es de 2 euros. El juego de precintos consta de dos partes con la misma numeración, una para el cuerpo y otra para la cabeza de la pieza abatida.
Se añade por el art. 64 de la Ley 2/2014, de 27 de enero. Ref. BOE-A-2014-2999 .
Tus anotaciones
ProDOGC-f-2008-90017#art-12-95