Art. 12 · 19-1
Título TÍTULO XIICapítulo CAPÍTULO XIX

Art. 12

472 / 1125

19-1

En vigor desde 1 may 2020
Constituye el hecho imponible de la tasa el otorgamiento del precinto de caza mayor en las áreas privadas y en las áreas locales que, de acuerdo con la legislación, lo requieren para practicar la caza de las siguientes especies: 1.1 Cabra montés macho y hembra. 1.2 Rebeco macho y hembra. 1.3 Ciervo macho. 1.3 bis. Corzo macho 1.4 Potestativamente, otros ungulados, o género, no incluidos en la lista anterior. Se añade el apartado 1.3 bis por el art. 52 de la Ley 5/2020, de 29 de abril. Ref. BOE-A-2020-5569 Se modifica por el art. 36 de la Ley 3/2015, de 11 de marzo. Ref. BOE-A-2015-3637 . Se añade por el art. 64 de la Ley 2/2014, de 27 de enero. Ref. BOE-A-2014-2999 .

Tus anotaciones

Pro

DOGC-f-2008-90017#art-12-92