Art. 12 · 10-1
Título TÍTULO XIICapítulo CAPÍTULO X

Art. 12

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10-1

En vigor desde 24 mar 2012
Constituye el hecho imponible de la tasa la elaboración de informes técnicos para evaluar los programas de restauración de actividades y la inspección de las obras y acciones de restauración. Se modifica por el art. 29.1 de la Ley 5/2012, de 20 de marzo. Ref. BOE-A-2012-4730 . Se modifica por el .1 de la Ley 7/2011, de 27 de julio. Ref. BOE-A-2011-13896 .

Tus anotaciones

Pro

DOGC-f-2008-90017#art-12-49