Art. 1 · 2-4
Título TÍTULO ICapítulo CAPÍTULO II

Art. 1

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2-4

En vigor desde 28 jun 2008
La exacción de las tasas es estipulada en la Ley de presupuestos de la Generalidad de Cataluña.

Tus anotaciones

Pro

DOGC-f-2008-90017#art-1-8