Título TÍTULO VI
Art. Disposición transitoria decimocuarta
146 / 153En vigor desde 31 mar 2017
Las ocupaciones de bienes de dominio público hidráulico por parte de las entidades locales que corresponden a actuaciones de protección y mejora de este dominio, ejecutadas con anterioridad a la entrada en vigor de la presente disposición transitoria, permanecen exentas del pago del canon de utilización y ocupación del dominio público hidráulico.
Se añade por el art. 197.22 de la Ley 5/2017, de 28 de marzo. Ref. BOE-A-2017-7353#a1-108
Tus anotaciones
ProDOGC-f-2003-90016#disposicion-transitoria-decimocuarta