Título TÍTULO V
Art. 60
67 / 153En vigor desde 22 nov 2003
Las infracciones y las sanciones prescriben en los plazos y las condiciones que establece la Ley del Estado 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común.
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ProDOGC-f-2003-90016#art-60