Art. 13
Título TÍTULO ICapítulo CAPÍTULO I

Art. 13

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En vigor desde 22 nov 2003
Los recursos económicos de la Agencia están integrados por: a) El canon del agua. b) El canon de utilización y ocupación del dominio público hidráulico. c) El canon de regulación y la tarifa de utilización del agua. d) Las tasas, los derechos y otras prestaciones patrimoniales que le correspondan. e) El endeudamiento. f) Los productos, los rendimientos o los incrementos derivados de su patrimonio. g) Los ingresos obtenidos en el ejercicio de sus actividades. h) Los ingresos provenientes de las sanciones. i) Las transferencias que, si procede, se establezcan en los presupuestos de la Generalidad. j) Las subvenciones, las aportaciones y las donaciones que sean otorgadas a favor suyo, procedentes de otras administraciones, de entes públicos o de particulares. k) Cualquier otro recurso que se le pueda atribuir.

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Pro

DOGC-f-2003-90016#art-13