Art. Disposición transitoria única
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Art. Disposición transitoria única

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En vigor desde 21 nov 2015
Aprobados los diferentes Instrumentos de Planeamiento regulados en esta ley, el Consejero competente en materia de ordenación del territorio, mediante orden, adaptará a su contenido las Directrices Parciales aprobadas y publicadas antes de la entrada en vigor de esta ley.

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BOA-d-2015-90603#disposicion-transitoria-unica