Art. Disposición adicional primera
2 / 113En vigor desde 10 sept 2014
Todas las referencias que se contengan en disposiciones legales y reglamentarias a la Ley 9/1998, de 22 de diciembre, de Cooperativas de Aragón, modificada por la Ley 4/2010, de 22 de junio, se entenderán hechas al texto refundido de la Ley de Cooperativas de Aragón.
Si las referencias se expresaran con indicación de la numeración de un determinado artículo en la Ley 9/1998, de 22 de diciembre, de Cooperativas de Aragón, se entenderán sustituidas por la numeración que corresponda a dicho artículo o apartado correspondiente en el texto refundido de la Ley de Cooperativas de Aragón.
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ProBOA-d-2014-90375#disposicion-adicional-primera