Título TÍTULO I›Capítulo CAPÍTULO V›Secc. Sección 1.ª La asamblea general
Art. 26
33 / 113En vigor desde 10 sept 2014
La asamblea general, constituida por los socios debidamente reunidos, es el órgano supremo deliberante y de expresión de la voluntad social. Sus acuerdos, siempre que se hayan adoptado con arreglo a lo establecido en las leyes y en los estatutos, serán obligatorios para la totalidad de los socios, incluso los disidentes y los que no hayan participado en ella.
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ProBOA-d-2014-90375#art-26