Art. 37
Título TÍTULO IV

Art. 37

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En vigor desde 12 ene 2013
Para el cumplimiento de sus fines, la UNIA contará con los siguientes recursos: a) Las transferencias de financiación, tanto corrientes como de capital. b) Los precios públicos, tasas y derechos. c) Los rendimientos de las actividades universitarias d) Otros ingresos.

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Pro

BOJA-b-2013-90011#art-37