Art. 35
Título TÍTULO IV

Art. 35

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En vigor desde 12 ene 2013
La UNIA asumirá la titularidad de los bienes de dominio público afectados al cumplimiento de sus funciones y de los que en el futuro destine a estos fines el Estado o la Junta de Andalucía, a excepción de los integrados en el Patrimonio Histórico Artístico del Estado.

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BOJA-b-2013-90011#art-35