Art. 12
Título TÍTULO ICapítulo CAPÍTULO ISecc. Sección 2.ª Del Consejo de Gobierno

Art. 12

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En vigor desde 12 ene 2013
El Consejo de Gobierno estará compuesto por: a) El Rector o la Rectora de la UNIA, que lo presidirá. b) Las personas titulares de los Vicerrectorados. c) La persona titular de la Secretaría General, que actuará como tal. d) La persona titular de la Gerencia de la universidad y de las Gerencias de las sedes permanentes. e) Las personas titulares de las direcciones de las sedes permanentes. f) Las personas titulares de las Direcciones de los centros especializados. g) Un representante del personal de administración y servicios, designado por los órganos de representación de dicho personal en la UNIA.

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BOJA-b-2013-90011#art-12